Congreso aprueba nombramiento automático de profesionales de la salud

El pleno del Congreso aprobó el dictamen que regula los procesos de ascenso automático en el escalafón, el cambio de grupo ocupacional, cambio de línea de carrera, el nombramiento y cambio a plazo indeterminado de los profesionales, técnicos, auxiliares asistenciales y personal administrativos de la salud.

La ley, aplicable al personal que labora en el Ministerio de Salud (Minsa), sus organismos públicos, gobiernos regionales y EsSalud, autoriza la progresión en la carrera médica y de los profesionales de salud no médicos, mediante el proceso de ascenso automático excepcional por años de servicio, en el marco de sus respectivas carreras.

De igual forma, durante el año fiscal 2020 autoriza el cambio de grupo ocupacional y de línea de carrera, donde el personal de la salud asistencia y administrativo se encuentra nombrado actualmente.

Respecto al nombramiento, autoriza que este se efectúe de manera automática para los profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que laboran mediante contratos Minsa, Contratación Administrativa de Servicios (CAS) y servicios no personales o locación de servicios, ante la pandemia del covid-19.

El nombramiento alcanza al personal que a la fecha se encuentre realizando funciones o labores permanentes en los diferentes establecimientos de salud, puestos y centros de salud, hospitales e institutos especializados, incorporándolos a la carrera pública.

Incluye a médicos cirujanos, profesionales de la salud, técnicos y auxiliares que acrediten vínculo contractual o desempeño de funciones en cualquier dependencia del Minsa (incluso personal bajo la modalidad CAS) por un periodo no menor de un año continuo o de dos años acumulativos de servicios.

Para el nombramiento es requisito que las plazas o puestos a ocupar se encuentren aprobados en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), en el Cuadro de Asignación de Personal Provisional, o el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) y en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP).

Asimismo que las plazas o puestos se encuentren en el aplicativo informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del sector público, a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía.

La incorporación del personal será de manera progresiva.

//Andina.

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