
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Huánuco hizo un llamado a las organizaciones políticas y a los candidatos que participarán en las Elecciones Generales 2021, a cumplir con el reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, toda vez que tras una supervisión, detectó la difusión de propaganda en bienes de dominio y uso público, prohibidos.
Candidatos y candidatas al Congreso de la República colocaron banderolas en postes de alumbrado público, por ejemplo, en la cuadra 10 de la calle 28 de Julio, cuadra 9 de Dos de Mayo, una de las calles más concurridas de la ciudad; también alrededor del mercado Modelo y en la plazuela Santo Domingo.
Ante ello, la Defensoría recuerda que la Municipalidad Provincial de Huánuco, mediante Ordenanza Municipal n° 039-2018, ha regulado el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en la jurisdicción, y prohíbe utilizar banderolas, pasacalles u otros similares, en árboles, postes de telefonía y alumbrado público u otro elemento del mobiliario urbano.
Asimismo, la norma prohíbe ubicar propaganda electoral en las plazas, parques, óvalos y alamedas y en sus zonas circundantes, así como en áreas de interés histórico y monumental, en los bienes que constituyan Patrimonio Cultural de la Nación y, en general, en el mobiliario urbano o predios de servicio público.
En ese contexto, recomendó a la comuna provincial que verifique la instalación de propaganda para hacer cumplir las disposiciones, restricciones y prohibiciones vigentes y, en los casos de infracciones a la norma, inicie el procedimiento sancionador.
El módulo de la Defensoría del Pueblo en Tingo María también recomendó a la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado que disponga la verificación y retiro de propaganda electoral indebida y que supervise el cumplimiento de las disposiciones respecto de su ubicación y difusión.
La institución hizo esta recomendación, luego de supervisar diversas calles y avenidas de la provincia y detectara que los candidatos al Congreso de la República colocaron banderolas y carteles en bienes de dominio y uso público prohibidos. Por ejemplo, se encontró propaganda electoral en la cuadra 4 de la avenida Enrique Pimente; así como carteles en la cuadra 6 de la Alameda, dos avenidas donde está prohibida la colocación de dicho material electoral.
Al respecto, el módulo de la Defensoría del Pueblo en Tingo María recordó que la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado ha emitido la Ordenanza Municipal N° 19-2018-MPLP que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Rupa Rupa, en la provincia de Leoncio Prado, la cual prohíbe la propaganda electoral en las avenidas Bandera, Alameda Perú (entre las cuadras 1 y 7), Raymondi, Enrique Pimentel, 28 de julio, Amazonas y el jirón Julio Burga (entre la cuadra 2 y la avenida Amazonas).
Asimismo, se prohíbe la instalación de propaganda electoral en todas las plazas y los parques que se encuentren ubicados en la zona urbana y de ampliación urbana de la ciudad de Tingo María, en las áreas de interés histórico y monumental y, en general, en el mobiliario urbano o predios de servicios públicos del distrito de Rupa Rupa.