El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento del decreto de urgencia N° 020- 2019, que establece la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada de intereses en el sector público.
A través del decreto supremo N° 091-2020-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que este documento será presentado por los servidores civiles, aquellos que desempeñan función pública, así como otros señalado en el decreto de urgencia.
Como se recuerda, esta declaración jurada de intereses deberá ser presentada independientemente del régimen laboral o contractual en el que se encuentren los trabajadores en las entidades de la administración pública.
El reglamento que establece la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada de intereses en el sector público, consta de siete capítulos, 18 artículos, seis disposiciones complementarias finales y una disposición complementaria transitoria.
Asimismo, dispone la publicación del decreto supremo y del reglamento también en el Portal del Estado Peruano y en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Además, señala que la implementación de lo dispuesto en el reglamento aprobado, se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
//Andina.