Infractores a normas de la emergencia sanitaria: si pagan en los dos días siguientes es solo el 25%

El jefe de la Región Policial Huánuco, Colim Cim Galván, precisó que ya no hay inconvenientes para que los infractores de las normas del aislamiento social realicen los pagos de las papeletas multa en las oficinas del banco de la nación o también en la página web págalo.pe

Y por ello, el jefe de la policía recordó que el plazo para cancelar la multa impuesta no excede de cinco días hábiles, contados desde el día hábil siguiente de la fecha de notificación del acto administrativo de sanción,

Resaltó, además, que el ciudadano puede acogerse al beneficio de la reducción del 25% de la multa, si suscribe un compromiso de efectuar el pago total de la multa dentro del plazo de dos días hábiles, contados a partir de la notificación del acto administrativo que impone la sanción. Este pago debe realizarse en el Banco de la Nación.

Monto de las 11 infracciones

La norma señala que existen 11 infracciones y que se aplicarán la multas que van de 2% de la UIT (S/86) hasta el 10% (S/430) de la UIT. El plazo es de cinco días hábiles para que el ciudadano infractor pague la infracción.

  1. Desarrollar actividades económicas no consideradas de prestación y acceso esencial previstas en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM: (S/ 301 – 7% UIT)
  2. Circular por la vía pública para la realización de actividades que no cumplen labores específicas en actividades esenciales: (S/ 215 – 5% UIT)
  3. Circular por la vía pública sin contar con el respectivo pase personal laboral, en caso corresponda: (S/ 258 – 6% UIT)
  4. Circular con vehículo de uso particular sin la autorización emitida por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior: (S/344 – 8% UIT)
  5. No respetar la inmovilización social obligatoria desde 18:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente a nivel nacional, y desde las 16:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente que por norma especial se establezca: (S/430 -10% UIT)
  6. No respetar la inmovilización social obligatoria durante todo el día el día domingo, durante el tiempo que dure el Estado de Emergencia Nacional, u otros días que por norma especial se disponga: (S/387 – 9% UIT)
  7. Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas de aglomeración o concurrencia masiva o no masiva en la vía pública: (S/ 387 – 9% UIT)
  8. Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio: (S/ 344 – 8% UIT)
  9. Salir más de una persona por familia, para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos: (S/ 215- 5% UIT)
  10. No respetar el mínimo de un metro de distancia obligatorio, formando aglomeraciones en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida: (S/86 -2% UIT)
  11. No contar o rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los miembros de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas: (S/430 -10% UIT)

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