Ejecutivo prorrogó estado de emergencia en Puerto Inca a causa del crimen organizado

El Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia por el término de 60 días calendarios, a partir del 11 de abril de 2023, en los distritos de Puerto Inca, Tournavista, Yuyapichis y Codo del Pozuzo de la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco.

También en los distritos vecinos de Constitución, Oxapampa y Puerto Bermúdez de la provincia de Oxapampa, departamento de Pasco; y el distrito de Sepahua de la provincia de Atalaya, departamento de Ucayali.

Según el Decreto Supremo Nº 048-2023-PCM, la finalidad es fortalecer la lucha contra el crimen organizado dedicado al tráfico ilícito de drogas (destrucción de pistas de aterrizaje clandestinas) y minería ilegal, secuestro, extorsión, homicidios, y tala ilegal de madera en las zonas antes indicadas, que constituyen una amenaza para la paz, la seguridad y las metas trazadas contra el Gobierno Nacional.

La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

Durante los estados de emergencia a que se refieren los artículos precedentes y en las circunscripciones señaladas, se aplica lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-DE, respectivamente.

Así, como en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-MIMP.

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