
La Defensoría del Pueblo recomendó a la segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional evaluar el caso de impedimento de salida del país por 18 meses de Nadine Heredia Alarcón que se le dictó el pasado 28 de junio del presente año por lavado de activos.
Mediante un escrito enviado el pasado 10 de agosto al Poder Judicial, la Defensoría del Pueblo, que dirige Josué Gutiérrez, solicitó a los integrantes de la Sala de Apelaciones revisar la medida dictada por el juez Richard Concepción Carhuancho. En dicho documento, el defensor del Pueblo pide tener en cuenta el derecho a la salud de la exprimera dama.
Ante esta solicitud, la Sala de Apelaciones, integrada por los jueces superiores Magallanes Rodríguez, Medina Salas y Guillén Ledezma, le respondieron al defensor del Pueblo que «ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones (…)».
Si bien la Defensoría tiene dentro de sus prerrogativas el deber de velar por los derechos constitucionales y fundamentales de la persona, cabe precisar que tales facultades no le permiten sugerir a los órganos jurisdiccionales interpretaciones de las normas que componen el ordenamiento jurídico del Poder Judicial.
«En ese caso, la intervención de la Defensoría del Pueblo es ilegal e interesada de mala forma, sobre todo cuando el defensor del Pueblo ha tenido un vínculo profesional y público con la exprimera dama», indicó el abogado penalista Fernando Silva La Rosa.