Colombia pone fin a las corridas de toros con nueva ley firmada por Petro

El presidente Gustavo Petro firmó una ley que prohíbe las corridas de toros en toda Colombia, durante una ceremonia en la plaza La Santamaría de Bogotá, el ruedo más emblemático del país. Este acto simbólico representa un cambio en el uso de estos espacios, que ahora se destinarán a actividades culturales y deportivas.

Petro declaró desde el escenario, frente a un público de activistas antitaurinos: “Aunque sea una tradición ancestral, no podemos, y menos la justicia, llamar cultura al hecho de matar por entretenimiento a seres sensibles”. Añadió que “si nos divertimos matando animales, eventualmente podríamos divertirnos matando a otros seres humanos, que también somos animales”.

La prohibición de las corridas de toros ha sido una prioridad política para Petro, cuando calificó la tauromaquia como un acto de crueldad animal y suspendió las corridas en La Santamaría. A pesar de que las corridas se reanudaron intermitentemente debido a órdenes judiciales, dejaron de realizarse desde 2020.

En diciembre de 2023, un fallo judicial ordenó la reanudación de las corridas, pero aún no se ha anunciado una nueva temporada. Con la nueva ley, se pondrá fin a una tradición que data de la época colonial en Colombia. Sin embargo, los defensores de la tauromaquia han anunciado que impugnarán la ley ante la Corte Constitucional, argumentando que el proceso legislativo fue defectuoso y que la ley viola su derecho a la libre expresión artística.

La ley, aprobada por el Congreso en mayo, establece un periodo de transición de tres años durante el cual las actividades taurinas estarán permitidas, pero bajo estrictas condiciones de bienestar y protección animal que definirá el gobierno. Durante esta transición, el gobierno deberá implementar programas de reconversión económica para quienes dependen económicamente de la tauromaquia. La ley también ordena la creación de un registro oficial de las personas que dependen de esta actividad.

Además de las corridas de toros, la ley también prohíbe el rejoneo (toreo a caballo), las novilladas (lidia de novillos de tres a cuatro años), las becerradas (lidia de machos o vaquillas menores de dos años) y las tientas (pruebas privadas para seleccionar vacas y machos para la lidia).

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