Documentos revelan una posible duplicidad en el gasto por servicios de saneamiento físico-legal de la Institución Educativa Inicial (IEI) N° 133 de Ayancocha, jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local (Ugel) Ambo.
La referida Ugel habría desembolsado S/ 13,410.00 a través del Contrato N° 01-2024-Ugel Ambo, a pesar de que la institución ya se encuentra en proceso de saneamiento con inscripción preliminar en Registros Públicos.
El contrato, firmado el 2 de julio de 2024, con la ingeniera Fátima Astrid Villavicencio Figueroa, comprende el saneamiento de tres instituciones educativas: la IEI N° 133 de Ayancocha, la IIEE N° 276 de Andahuaylla, y la IEI de Salapampa.
Sin embargo, la información obtenida del aplicativo Sunarp Siguelo Plus indica que la IEI N° 133 de Ayancocha ya cuenta con una solicitud de anotación preventiva presentada el 20 de junio de 2024, y con anotación de inscripción. Este proceso fue iniciado con anterioridad por Bruno Luis Vecorrena Castañón, bajo el título 2024-01536777.
La situación se complica aún más al considerar que la IIEE N° 276 de Andahuaylla ya posee título inscrito en Registros Públicos (Título 11043380).
El Oficio N° 2565-2024-GRH-GRDS-DRE/DGI-INFRA, del 23 de mayo de 2024, suscrito por el Dr. Jim Oliver Atencia Arbi, solicita la anotación preventiva de inicio del procedimiento especial de saneamiento físico-legal para la IEI N° 133 de Ayancocha, adjuntando plano y memoria descriptiva elaborados por el Ing. Civil Lorgio Raúl Nación Moya.
Este oficio cuenta con un informe técnico N° 10307-24-ZRVIII-SHYO/UREG-CAT-ORHCO del 28 de mayo de 2024, emitido por el Área de Catastro de la Oficina Registral de Huánuco.
Se presume que el contrato con la Ing. Villavicencio, por un monto de S/ 13,410.00, podría constituir un pago duplicado y malversación de fondos por servicios ya realizados o en proceso de finalización.
Sobre estos hechos deben responder la directora de la Ugel Ambo, Imelda Ríos Castillo, y el administrador Yonel Wilder Rojas Bardales, quienes habrían autorizado la firma del contrato.