Según director regional de Educación, el uso de celulares por escolares será regulado en colegios

El Ministerio de Educación publicó el pasado 3 de octubre el Reglamento de la Ley N° 32385, norma que regula el uso de teléfonos celulares inteligentes y dispositivos electrónicos similares en todas las instituciones y programas educativos de Educación Básica. El anuncio fue destacado por el director regional de Educación de Huánuco, Kelvin Augusto Álvarez Matos.

El funcionario calificó la medida como una decisión muy acertada por parte del Ejecutivo, al señalar que una gran mayoría de escolares cuenta con este tipo de equipos en las aulas, donde con frecuencia se emplean para el entretenimiento en lugar de utilizarse para acceder a información que fortalezca sus aprendizajes.

Álvarez Matos explicó que el reglamento fija límites claros y fortalece la autoridad docente en el control de la tecnología dentro del aula. En ese sentido, los colegios deberán incorporar en sus reglamentos internos las pautas de uso y las medidas correctivas ante eventuales incumplimientos. Dichas acciones deberán ser oportunas, formativas, reparadoras y proporcionales a la falta, aplicando criterios de razonabilidad, gradualidad y considerando las condiciones particulares de cada estudiante.

Asimismo, precisó que la norma resguarda los derechos a la dignidad e intimidad de los alumnos, estableciendo los alcances para la revisión de los dispositivos sin incurrir en tratos discriminatorios, humillantes u ofensivos. Agregó que, si durante estas acciones se detectan situaciones de ciberacoso o hechos con apariencia de delito, las instituciones educativas deberán aplicar los protocolos correspondientes y dar cuenta de inmediato a las autoridades competentes.

Por otro lado, la reglamentación faculta a los planteles educativos a habilitar espacios para la custodia temporal de los celulares —siempre que dispongan de la infraestructura necesaria—, garantizando la conservación, la posterior devolución de los equipos y la protección de los datos personales. Los plazos y condiciones de este procedimiento deberán quedar definidos en el reglamento interno de cada plantel.

Finalmente, la norma precisa que de manera excepcional se permitirá el uso de celulares, previa autorización, en tres escenarios: cuando responda a fines pedagógicos, cuando atienda barreras educativas o necesidades asociadas a la salud o discapacidad (debidamente sustentadas) y ante situaciones de emergencia.

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