Provias Nacional no solicitó carta fianza para ejecutar mejora de la vía Central Pasco – San Rafael

La Subgerencia de Megaproyectos de la Contraloría General de la República emitió una observación sobre las bases integradas de la licitación pública para la ejecución de la “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Dv. Cerro de Pasco – Tingo María, Tramo I: Dv. Cerro de Pasco – San Rafael”. Según el Informe de Orientación de Oficio N° 8490-2025-CG/MPROY-SOO, se detectó que no consideraron la presentación de la Carta Fianza de Fiel Cumplimiento como requisito obligatorio.

El documento señala que las bases de la Licitación Pública N° 0011-2024-MTC/20.1 permiten que el postor adjudicado opte por la retención del monto total de la garantía como medio alternativo a la presentación de la carta fianza. Sin embargo, la Contraloría advierte que esta decisión podría dejar desprotegida a la entidad contratante, ya que, ante un eventual incumplimiento, no podría ejecutar la garantía.

El informe señala que mediante el artículo 33 de la Ley N° 32103 del 2024, se autorizó a las entidades para que en ese años fiscal, en los procedimientos de selección bajo los regímenes de contratación del Sistema Nacional de Abastecimiento, establezcan que el postor adjudicado tenga la facultad de optar, como medio alternativo a la obligación de presentar las garantías de fiel cumplimiento, por retención del monto total de la garantía correspondiente. No obstante, el informe aclara que esta opción es facultativa y no obligatoria, como fue considerado por Provías Nacional.

El riesgo identificado por la Contraloría se centra en que el Consorcio Carretera San Rafael-CCSA, adjudicatario de la Buena Pro desde el 16 de agosto de 2025, podría presentar únicamente la retención del 10% como garantía, lo que limitaría la capacidad de la entidad para exigir el cumplimiento contractual en caso de incumplimiento.

Asimismo, se recuerda que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), mediante la Opinión N° 113-2023/DTN, precisó que la garantía de fiel cumplimiento debe expresarse en una Carta Fianza o Póliza de Caución, salvo casos excepcionales donde se admite la retención.

Finalmente, se menciona que, en un caso similar, el Poder Judicial ordenó mediante medida cautelar que Provías Nacional suscriba contrato con el Consorcio Vial Puma para el mantenimiento de la Carretera Central sin exigir la carta fianza, aceptando la retención del 10% como garantía. Situación que refuerza la preocupación de la Contraloría.

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