Osiptel confirma multas a Entel por más de S/ 1.3 millones

Operador cometió infracciones en portabilidad móvil y en servicio de telefonía fija

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), confirmó dos multas impuestas a la empresa Entel por más de 1.3 millones de soles por incurrir en infracciones al reglamento de portabilidad en el servicio público móvil y en el servicio de telefonía fija.

Según la Resolución de Consejo Directivo 063-2021-CD/Osiptel, el ente regulador confirmó la aplicación de dos multas por 150 unidades impositivas tributarias UIT (660,000 soles) y 151 UIT (664,400 soles), impuestas en primera instancia, por desestimar 30,754 consultas previas –mecanismo que permite al concesionario receptor verificar en tiempo real la viabilidad de un eventual procedimiento de portabilidad–, y objetar indebidamente 2,156 solicitudes de portabilidad realizadas por los usuarios a Entel.  

De esta forma, la empresa cometió una infracción grave tipificada en el numeral 27 del Anexo 2 del Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento de Portabilidad en el servicio público móvil y en el servicio de telefonía fija, por el incumplimiento del artículo 20 del mismo cuerpo normativo. 

Además, cometió una infracción muy grave tipificada en el numeral 35 del Anexo 2 del TUO del Reglamento de Portabilidad, por el incumplimiento del artículo 22 del mismo cuerpo normativo.

En tanto, la compañía alegó una presunta vulneración del principio de razonabilidad, el principio de proporcionalidad y del debido procedimiento. Sin embargo, el Osiptel reafirmó que no se afectó ninguno de los principios alegados por Entel en el procedimiento. Con la resolución publicada se agota la vía administrativa.

Confirman más multas

A la par, el organismo regulador publicó la Resolución de Consejo Directivo 065-2021-CD/Osiptel que confirma la imposición de dos multas por 50 UIT (222,000 soles) y 51 (224,400 soles) a Entel por no realizar las devoluciones a los abonados afectados por las interrupciones registradas en el primer semestre del 2017. 

Asimismo, por entregar información incompleta requerida por el Osiptel, de acuerdo con el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, aprobado por Resolución 087-2013-CD/Osiptel.

//Andina.

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