OCI detecta que en el 2023 la Unheval contrató a proveedora impedida por ley

El Órgano de Control Institucional (OCI) de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán (Unheval) detectó que una proveedora impedida de contratar con el Estado entre marzo y diciembre de 2023 recibió S/ 19,600 por servicios prestados a la entidad. El hallazgo se consigna en el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 001-2026-2-0207, publicado en la web de la Contraloría General de la República.

“Proveedora con impedimento para contratar con el Estado, prestó servicios a la entidad bajo contrato por orden de servicio por 19,600 soles, situación que afectó la transparencia e integridad de los actos de la administración pública y legalidad que rige las contrataciones del Estado”, refiere el informe.

En el detalle señala que, entre marzo a diciembre del 2023, mediante las órdenes de servicio N° 252 y N° 2241, la entidad contrató a la señora Hilda Valeri Simonini Alarcón, por 19 600 soles, para la prestación del servicio de elaboración de documentos administrativos para el consejo consultivo y servicios de implementación del modelo de integridad pública.

Ello ocurrió, pese a que dicha proveedora se encontraba impedida de contratar con el Estado, en la jurisdicción de Huánuco; por mantener vínculo de convivencia con Alberto Alain Berger Vigueras, entonces juez superior de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, actual presidente de dicha corte.

El informe recuerda que, según el Acuerdo de Sala Plena N° 006-2021/TCE, jueces superiores, gobernadores, alcaldes y sus cónyuges o convivientes o parientes hasta el 2° grado, están impedidos de contratar con entidades públicas con sede en el ámbito de su competencia territorial, luego de dejar el cargo y hasta por un periodo de 12 meses.

El impedimento es con entidades públicas cuyas sedes se encuentren ubicadas en el espacio geográfico en el que han ejercido su competencia, sin perjuicio del impedimento que se encuentre vigente durante el ejercicio del cargo, para todo proceso de contratación.

Específicamente para este caso, el informe precisa que, los jueces de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, tienen ámbito de su competencia territorial en toda la región de Huánuco. Más aún, si se considera que parte del distrito judicial es la provincia de Huánuco, en la que dicho ente tiene su sede principal, al igual que la Unheval.

“Por consiguiente, para un juez de la Corte Superior de Huánuco, el impedimento abarcaba las entidades públicas ubicadas en las provincias que conforman su Distrito Judicial, el cual incluye a las entidades públicas de la provincia de Huánuco”.

Además, se precisa que en el expediente de contratación la propia proveedora consignó su condición de conviviente del magistrado, por lo que correspondía a los funcionarios de la universidad observar la contratación conforme a la normativa vigente.

Finalmente, el OCI recomendó al rector de la Unheval adoptar las acciones necesarias dentro de sus competencias para atender o superar los hechos con indicios de irregularidad y, de ser el caso, disponer el deslinde de responsabilidades correspondientes.

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