Municipalidad de Sata María del Valle pagó S/54 mil por expediente mal elaborado

La Municipalidad Distrital de Santa María del Valle desembolsó 54 mil soles a favor del Consorcio Vial Quera por la elaboración del expediente técnico de la obra de mejoramiento del servicio de transitabilidad vial interurbana en el tramo Conchumayo (EMP. HU-108) – San Sebastián de Quera (HU-769), a pesar de que el documento presenta evidentes deficiencias técnicas y legales, según reveló el Órgano de Control Institucional (OCI) de la propia comuna distrital.

Este hallazgo fue detallado en el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 017-2026-2-1820, publicado en el portal de la Contraloría General de la República y notificado formalmente al alcalde distrital, Wilson Palomino Claudio, mediante el Oficio N° 000212-2026-CG/OC1820 con fecha 4 de junio de 2026, advirtiéndole sobre un hecho con claros indicios de irregularidad.

El informe señala textualmente que la municipalidad aprobó y pagó el proyecto definitivo a pesar de contar con deficiencias críticas en los estudios de tráfico, suelo, canteras, fuentes de agua, geología y geotecnia, una situación que afecta directamente la calidad estructural de la futura vía y pone en riesgo el cumplimiento de los objetivos del presupuesto asignado.

Asimismo, en el desglose de las anomalías detectadas, la fiscalización de control indica que el Inventario Vial incumple los Términos de Referencia (TDR), mientras que los componentes de pavimentos, estructuras y drenaje se encuentran totalmente incompletos, contándose únicamente con los planos de los mismos.

A este preocupante panorama técnico se suma la omisión de requisitos legales indispensables para viabilizar cualquier obra pública, puesto que el consorcio no presentó la Certificación Ambiental, que constituye un documento obligatorio, ni tampoco adjuntó el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA).

Por tales motivos, el órgano de control ha recomendado formalmente al alcalde distrital adoptar de manera inmediata las acciones que correspondan en el ámbito de sus competencias a fin de atender o superar estos hechos con indicios de irregularidad y, de ser el caso, disponer el debido deslinde de responsabilidades administrativas de los funcionarios involucrados en este irregular pago.

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