
Luego de evaluar cada uno de los presupuestos, el juez Saulo Ayala Moya del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializada de Huánuco, declaró infundado el requerimiento de variación de la prisión preventiva por una comparecencia con restricciones presentado por la defensa técnica del prófugo empresario Luis Bedregal Gonzáles, en el caso Laptops.
Al fundamentar su pedido, el abogado indicó que, a estas alturas del proceso por la presunta comisión del delito de colusión agravada en agravio del Estado representado por el Gobierno Regional de Huánuco, el cual está en la etapa de control de acusación, no habría peligro procesal esto luego de presentar los tres arraigos (familiar, domiciliario y laboral) de su patrocinado.
Sobre el arraigo domiciliario que presentó una licencia de conducir, el juez al momento de resolver no lo tomó en cuenta, porque, estaba en copia simple y no legalizado, por lo que no tendría valor en el presente caso. Sobre el arraigo familiar, el abogado buscó convencer al juez al hablar de la hija de 5 años de su patrocinado que estaría afectada emocionalmente, porque no puede ver a su padre que está prófugo de la justicia desde marzo del 2022.
Para ello presentó un informe psicológico y basó sus alegatos al interés superior del niño, pero al momento de resolver sobre el arraigo familiar, el juez basó su resolución en lo establecido por la Corte Suprema, donde indica que el interés del niño y adolescente es tomado en cuenta cuando el propio niño es involucrado en el proceso, pero en este caso el acusado es el papá y no la hija que está al cuidado de su madre.
Y sobre el arraigo domiciliario los documentos presentados ante el juez no fueron suficientes para convencer. Otro detalle que fue advertido por Ayala Moya para declarar infundado la variación de la prisión preventiva es el contrato privado de promesa de trabajo que no tenía la firma del supuesto empleado, en este caso Luis Bedregal que supuestamente iba a ganar 500 soles, cuando el sueldo mínimo es de 1130 soles.
Al rechazar el pedido, el juez hizo referencia al pronunciamiento de la Corte Suprema, donde indica que no pueden variar la medida coercitiva de prisión preventiva cuando el imputado está fugado. “Como el juez puede variar la medida, si el imputado no está detenido”, dijo una fuente que estuvo presente en la plataforma digital.
PROVEEDOR. Luis Bedregal es el representante de la empresa Pomme Corporativa que según la fiscalía fue beneficiada para vender al Gobierno Regional de Huánuco 795 laptops para el proyecto mejoramiento de los servicios pedagógicos de la Dirección Regional de Educación de Huánuco por 21 millones 586 mil con 500 soles.
Los otros acusados por este caso son: Luz Rodríguez Ramos, Darwin Campos Soto, Limber García Tafur, Bertha Gonzáles Soto, Eden Lavado Loarte, Freddy Najera Valentín, Diego Bances Ballón, Luis Serna Acosta y Juan Alvarado Cornelio para quienes la fiscalía está solicitando 12 años de cárcel.
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El Ministerio del Interior a través del Programa de Recompensas ofrece 20 mil soles por información que permita capturar a Luis Bedregal, natural de Puno.