Ex administrador del penal de Huánuco fue condenado a seis años de cárcel por colusión agravada

A ocho años del hecho, el Cuarto Juzgado Unipersonal Especializado en Delito de Corrupción de Funcionarios de Huánuco a cargo del juez Luis Pasquel Paredes condenó a seis años de cárcel a Juan José Acosta Cavalíe en su calidad de autor del delito de colusión agravada. Asimismo, en calidad de cómplices fueron sentenciados Héctor Nuñez Calero a seis años y para Julio César Sedano Miraval dictó cinco años de pena efectiva.

Los tres sentenciados deberán pagar en forma solidaria 56,690 soles por concepto de reparación civil a favor de la Oficina Regional Oriente Pucallpa.

La ejecución de la condena para el ex administrador del penal y el empresario fue suspendida hasta que la Sala Penal resuelva el recurso de apelación presentada por la defensa técnica de los sentenciados que deben cumplir reglas de conducta, entre las que está comparecer personal y obligatoriamente al juzgado cada 30 días para informar y justificar sus actividades, debiendo firmar en el libro de registro de Control Biométrico de la corte.

ACUSACIÓN. Según la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios Huánuco, Juan José Acosta en su condición de administrador del Establecimiento Penitenciario de Huánuco, previa concertación y con el propósito de favorecer al contratista Héctor Núñez en el pago contractual, otorgó la conformidad de servicio a favor del Consorcio Nuevo Amanecer. La conformidad es del 25 de enero de 2016 para ejecución del servicio de mantenimiento de pozos a tierra y sistema eléctrico del recinto penitenciario.

Dicho funcionario firmó el acta de conformidad del 25 de enero que generó indebidamente el pago total a favor del referido consorcio por 90,423.73 soles pese que los trabajos aún no habían culminado al 100%.

En la constatación realizada el 25 de febrero del 2016 por el jefe de Unidad de

Abastecimiento de la Oficina Regional Oriente Pucallpa, el asistente legal y el técnico de

mantenimiento del penal determinaron que los trabajos estaban inconclusos pese que el administrador había otorgado la conformidad de servicio.

El informe pericial n° 6 del 30 de octubre del 2017, elaborado por la perito contable adscrita a la fiscalá estableció que existía un perjuicio patrimonial causado al Estado por parte de los acusados en la ejecución del Servicio de Mantenimiento de Pozos a Puesta a

Tierra y sistema eléctrico del centro penitenciario. El perjuicio patrimonial causado por servicio no concluido era de 31,648.31 soles; el perjuicio patrimonial por el no cobro de penalidades al contratista consorcio Nuevo Amanecer era de 9,042.37 haciendo un total de 40,690.68 soles.

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Además de la sentencia, el juez dispuso la inhabilitación para ejercer cargo público por tres años para Juan Acosta Cavalíe, quien de profesión es administrador.

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