El Órgano de Control Institucional (OCI) de la Dirección Regional de Salud (Diresa) Huánuco ha emitido una grave advertencia respecto a presuntas irregularidades administrativas en el Hospital Tingo María. Según la entidad, una trabajadora encargada de la implementación del Sistema de Control Interno está haciendo uso de la denominación de «Control Institucional» y ejerciendo funciones exclusivas sin contar con la autorización de la Contraloría General de la República.
El hallazgo se detalla en el Informe de Orientación de Oficio N° 015-2026-OCI/0691-SOO, publicado de manera reciente y elaborado tras una evaluación ejecutada entre el 20 de mayo y el 12 de junio del presente año.
El documento es tajante en su conclusión: “En el Hospital Tingo María la trabajadora encargada de la implementación del Sistema de Control Interno hace uso indebido de la denominación control institucional, para efectuar labores permitidas única y exclusivamente a colaboradores reconocidos por el Sistema Nacional de Control”.
El informe detalla que la funcionaria viene emitiendo y suscribiendo informes y ejecutando servicios de control, una situación que «podría generar un hecho irregular específico con presunta responsabilidad administrativa, civil y penal».
Como parte de las diligencias, el pasado 25 de mayo de 2026, la Comisión de Control del OCI se constituyó en las instalaciones del Hospital Tingo María. Durante la visita, procedieron a entrevistar a la abogada Victoria Leonor Sánchez del Águila, quien se presentó ante los auditores como la jefa de la Oficina de Control Interno del nosocomio.
Para sustentar su cargo, la abogada citó la Resolución Directoral N° 104-2024-GRH-DRS/HTM, emitida el 15 de marzo de 2024 por la Dirección del hospital. No obstante, el órgano supervisor aclaró que dicha designación se limitaba estrictamente a realizar labores de implementación del Sistema de Control Interno, amparado en la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG.
Esta norma regula los procedimientos, plazos y funciones para evaluar el control interno en entidades del Estado, pero bajo ninguna circunstancia confiere las prerrogativas de un Órgano de Control Institucional oficial.
La Contraloría advierte que ostentar el título de «Control Institucional» por parte de una persona no designada mediante Resolución de la Contraloría constituye una infracción directa al principio de legalidad y al marco normativo vigente.
Este accionar no solo expone a la funcionaria a enfrentar graves responsabilidades de naturaleza administrativa, civil e incluso penal —dependiendo del perjuicio ocasionado—, sino que también vulnera la fe pública. Según el informe, esta situación afecta directamente la validez y la confianza de los documentos emitidos por el hospital, al generar en terceros la falsa apariencia de que dichos expedientes fueron suscritos por una autoridad competente y reconocida por el Sistema Nacional de Control. Las autoridades correspondientes deberán iniciar el debido procedimiento para determinar las sanciones.




