
Antonio Pulgar, gobernador regional de Huánuco, no cumplió con la presentación de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas ante la Contraloría General de la República, a la cual estaba obligado, lo que afecta la fiscalización de las declaraciones juradas, la transparencia de la función pública y el acceso a la información, revela en el Informe de Orientación de Oficio N° 026-2023-OCI/5339-SOO, del 18 de agosto de 2023, suscrito por el contador público Roddy William Silva Mory en su calidad de jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Huánuco, publicado el fin de semana.
En el documento, detallan la verificación del incumplimiento de esta obligación, habiéndose revisado los procesos correspondientes, en dos instancias: Informe N° 019-2023-GRH/GRA-GMNM5 del 23 de junio de 2023, de la Gerencia Regional de Administración, con el listado de declaraciones juradas presentadas, evidenciándose que el titular de la entidad, al 26 de junio de 2023, no presentó su Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas.
Según el informe, la verificación también fue en el “Buscador de Declaraciones Juradas” de Declaraciones Juradas en Línea de la Contraloría General de la República, advirtiéndose que a la fecha de emisión del informe, Antonio Pulgar, no presentó la referida documentación.
Según el Informe de OCI, el incumplimiento transgredió el artículo 40 de la Constitución Política, que señala: “[…] Es obligatoria la publicación periódica en el diario oficial de los ingresos que, por todo concepto, perciben los altos funcionarios, y otros servidores públicos que señala la ley, en razón de sus cargos.
Asimismo, el artículo 41, en el que menciona que “los funcionarios y servidores públicos que señala la ley … deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar … La respectiva publicación se realiza en el diario oficial en la forma y condiciones que señala la ley”.
Indica que igualmente trasgredió la Ley N° 27482, que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingreso y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado, así como su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 080-2021-PCM.
Respecto al incumplimiento de la presentación, el informe resalta el Artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 27482, que señala: Los “Obligados” que incumplan con presentar la Declaración Jurada de Ingresos, de Bienes y Rentas … estarán sujetos: b) Los “Obligados” … no podrán celebrar contratos con el Estado ni desempeñar funciones o servicios en las entidades públicas, por el período de un año contado a partir del término de los plazos señalados para la presentación…”.
ALGO MAS
En las recomendaciones se indica que, en el plazo máximo de 5 días hábiles, Antonio Pulgar, deberá comunicar a OCI las acciones adoptadas o por adoptar respecto al Informe y adjuntar la documentación de sustento respectiva.