Municipalidad de Amarilis otorgó licencias al margen de la Ley a servidores CAS para ocupar cargos de confianza en el GRH

La Contraloría General de la República advirtió que otorgaron licencias sin goce de haber en exceso y con reserva de plaza a servidores públicos de la Municipalidad Distrital de Amarilis que tenían Contrato de Administración Servicios (CAS) indeterminado, al margen del régimen laboral 276.

Según el órgano de control, a dos funcionarios de dicha entidad le otorgaron licencias sin goce de haber en exceso durante el 2022 y a inicios del 2023, las licencias superaron los 90 días dentro de un periodo de 12 meses, esta acción, no solo contravino el dispositivo legal, sino que la entidad excedió el plazo máximo permitido.

Dentro del periodo que los servidores solicitaron la licencia, a uno de los ellos ( a Yhener Brhus Ramos Santillán), le otorgaron 31 días de licencia en exceso por razones particulares, mientras que a otro servidor público (a Julio Cesar Lorenzo Obregón), se le concedió 76 días en exceso.

Bajo el régimen laboral del CAS, los servidores tienen varios derechos, entre ellos el de licencias sin goce de haber por motivos particulares, pero, este no debe superar el plazo máximo establecido por el régimen laboral CAS.

Además, la entidad otorgó licencias sin goce de haber a otros tres funcionarios más, con reserva de plaza, los funcionaros quienes tenían contrato bajo el mismo régimen laboral CAS en la Municipalidad de Amarilis recibieron la licencia desde enero del 2023 para ocupar cargos de confianza en el Gobierno Regional de Huánuco (GRH).

Se trata de Vickthor Fernando Jump Ramírez, designado director regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Victor Kenyi Prudencio Chacón (director ejecutivo de Salud Ambiental de la Diresa Huánuco), y Yamilet Yajaira Pacheco Bravo (directora de la Oficina de Tesorería del Gobierno Regional de Huánuco).

El Informe Técnico de Servir del 2022 no establece la figura de reserva de plaza por designación de puesto de confianza, por lo que las licencias otorgadas no tenían sustento legal. A los funcionarios públicos debieron concederles licencias por motivos particulares y hasta un máximo de 90 días calendario, en un período no mayor de un año, como establece el Régimen Laboral del Decreto Legislativo 276

Esta situación transgredió la normativa vigente aplicable y podría generar precedentes no acordes a Ley para futuras solicitudes de otorgamiento de licencia similares.

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