El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declaró improcedente la tutela de derechos presentada por el presidente Pedro Castillo, con la que se buscaba anular la denuncia constitucional presentada por la Fiscalía de la Nación por los presuntos delitos de colusión y crimen organizado.
El juez Juan Carlos Checkley sostuvo en su resolución que no está dentro de sus atribuciones declarar la nulidad o dejar sin efecto una denuncia constitucional, cuya calificación y evaluación corresponde a los órganos competentes del Congreso de la República.
El magistrado también refiere que la Resolución N° 4, expedida por su despacho el 22 de junio de 2022, no contiene un mandato prohibitivo que ordene a que la Fiscalía de la Nación se abstenga de formular denuncia constitucional ante el Congreso.
La defensa legal de Pedro Castillo, representada por el abogado Benji Espinoza, insistió durante la audiencia realizado el pasado 27 de octubre que el artículo 117 de la Constitución peruana, solo permite que el presidente en funciones sea acusado por cuatro delitos concretos, que no contemplan las causales de corrupción.
Por su parte, el fiscal supremo adjunto, Marco Huamán, afirmó ante el juez Checkley que esta denuncia constitucional es un «acto postulatorio», a consecuencia de haber terminado la etapa de investigación preliminar contra el gobernante, quien asumió el cargo en julio de 2021.
Sostuvo, en esa línea, que la denuncia constituye un acto procesal válido que no transgrede lo dictado con anterioridad por el juez y que, además, está «muy alejada» de la emisión decisoria de la acusación constitucional.