En audiencia pública, el exalcalde de la provincia de Ambo, Concepción Eusebio Palacios Briceño fue condenado a cuatro años de pena privativa de libertad suspendida por el periodo de tres, tiempo que el sentenciado deberá cumplir reglas de conducta. También fue inhabilitado para ejercer cargo público por el plazo de dos años y deberá pagar una reparación civil de 5 mil soles de forma solidaria a favor del Estado.
La misma sentencia recibió el proveedor de maquinarias, Luis Troyano Gonzáles Trujillo considerado cómplice primario.
El fallo judicial fue emitido el 24 de octubre en audiencia pública por la Sala Mixta Permanente de Huánuco integrado por los vocales Ernesto Diestro y León, Cecilia Garay Molina y Yofré Castillo Barreto.
Al final de la diligencia, el abogado del exburgomaestre anunció que apelará la sentencia por considerar injusta.
HECHOS. Entre el 28 de setiembre y 4 de octubre del 2007, el director ejecutivo de Provías Descentralizado emitió la resolución 1144 y 1166 mediante el cual resuelve aprobar el expediente técnico del mantenimiento periódico del camino vecinal de 14 kilómetros de Pampas, Conchamarca, Yaurin y La Libertad con un presupuesto referencial de 130 mil 806.31 soles y el plazo de ejecución era de 45 días calendarios.
También aprueba el expediente técnico del mantenimiento periódico del camino vecinal de 17.789 kilómetros de Unguymarán, Ñauza y Rancay con un presupuesto referencial de 132,429.56 soles para ser ejecutados en 45 días.
Provías convoca a proceso de selección y adjudicación para la ejecución de dichas obras, pero el 28 de enero del 2008 mediante resoluciones fue declarado desierta, por lo que la municipalidad de Ambo, representado por el alcalde Concepción Palacios Briceño, mediante oficio 108-2008 solicita a Provías Descentralizado la suscripción de un convenio con la finalidad de ejecutar la obra de mantenimiento de los caminos vecinales, indicando que contaban con equipo mecánico propio y la capacidad de ejecución de obra a través de la gerencia de infraestructura y Desarrollo Económico.
En mérito a la solicitud, el representante de Provías suscribe un convenio con la municipalidad el cual es firmado el 30 de octubre del 2008 con la finalidad de ejecutar el mantenimiento de los caminos vecinales. Una vez firmado el convenio, el gerente de infraestructura de ese entonces Fidel Nicolás Godoy (también procesado) informa al alcalde la necesidad de alquilar maquinarias de terceros para la ejecución del trabajo, pese que en el documento que enviaron a Provías indicaban que la municipalidad contaba con maquinarias.
El 3 de diciembre del 2008, el alcalde emite la resolución 849 mediante el cual dispone exonerar del proceso de selección para el alquiler de maquinarias para la ejecución de ambos caminos vecinales, usurpando las funciones del Concejo Provincial. La exoneración del proceso benefició a Luis Troyano Gonzáles Trujillo para suscribir un convenio de arrendamiento de maquinaria, pero con las diligencias realizadas por la fiscalía quedó corroborado que las maquinarias del referido empresario estaban trabajando en la obra desde hace un mes y por el cual la municipalidad pagó por adelantado más de 33 mil soles.