Juez ordena el pago de S/17 mil a ex administrador del Banco de la Nación que hizo pagos indebidos de ‘Juntos’

Mediante sentencia N° 20, el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios que despacha el juez Luis Pasquel Paredes dispuso el pago de 17 mil 117 soles por concepto de reparación civil a favor del Banco de la Nación por daño patrimonial y extra patrimonial. En el mismo fallo emitido el 20 de julio del 2020, Ignasio Villegas Nieves (66) fue absuelto de la acusación contra la administración pública en la modalidad de peculado doloso agravado.

Pese que en el juicio oral, quedó probado que Villegas Nieves en su condición de trabajador del Banco de la Nación en Huánuco y Jesús (Lauricocha) pagó indebidamente a 22 personas beneficiarios del Programa Juntos, pero según explica en su resolución que ‘al no poder adecuar la conducta incriminada a otro ilícito penal como es delito contra el patrimonio, por haberse planteado hechos netamente culposos y no constituye un ilícito penal contra la administración pública, pero si falta administrativa’, el magistrado dispuso el pago de la reparación civil.

Según la acusación de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Ignasio Villegas en su calidad de recibidor y pagador del Banco de la Nación en las sedes de Huánuco y Jesús, pagó a otras personas sin verificar sus identidades como estaba establecido por los reglamentos de la entidad financiera y entregó distintas cantidades de dinero a personas que tenían la condición de fallecidas. Los pagos a terceros fueron realizados entre los años 2006 al 2013.

En total fueron identificados 27 beneficiarios del programa Juntos de cuyas cuentas realizaron pagos a terceros. En su defensa, el ex administrador del Banco de la Nación de Jesús en la provincia de Lauricocha, negó haber ayudado a terceros a cobrar dinero que estaba destinado para los más pobres. Justificó su negligencia, indicando que esos tiempos no había el sistema biométrico, tampoco contaba con registro de Reniec para poder identificar correctamente a las personas que acudían a las ventanillas.

PREOCUPACIÓN. En el item 2.44, el juez Pasquel Paredes reitera su preocupación que por las circunstancias especiales que rodearon al evento, «el Ministerio Público no agotó la realización de actos de investigación para el esclarecimiento de los hechos en su integridad, es decir investigar a la totalidad de Promotores o servidores a fines, del Programa Juntos, que estaban encargados de los usuarios, en las fechas de ocurrido los pagos indebidos, asimismo al entorno familiar de los ‘usuarios fallecidos’, para determinar si fueron usados para realizar los cobros o inclusive con otros servidores del mismo banco».

Asimismo, explica que la fiscalía tipificó los hechos dentro del delito de peculado culposo con simples actos de investigación, no existiendo pulcritud en la investigación, que no ha permitido determinar o descartar inclusive la posible comisión de delitos mayores como es hurto agravado, peculado agravado y otros, situación no superable en juicio por el principio de congruencia e imparcialidad.

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22.07.2020

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