Acogiéndose al Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) del 3 de agosto último, el candidato del partido Perú Primero para la alcaldía provincial de Huánuco, Jesús Giles Alipázaga, anunció que continúa en carrera electoral, por cuanto el Jurado Electoral Especial (JEE) de Huánuco deberá admitir su solicitud de inscripción en el proceso de inscripción.
Giles Alipázaga evidenció una sonrisa nerviosa al presentarse ante la prensa. El candidato a gobernador regional de ese partido, Enrique Pulgar Lucas, señaló que se encuentra confiado de que se cumplirá con la inscripción de Giles para estas Elecciones Regionales y Municipales 2026.
Al respecto el Acuerdo del Pleno del JNE del 3 de agosto último, dispone que, los Jurados Electorales Especiales publiquen, como máximo, el 5 de agosto de 2026, las fórmulas y listas de candidatos admitidas y aquellas cuya decisión no adquirió firmeza hasta la referida fecha, con observancia de las reglas sobre la publicación establecidas en el artículo 34 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para Elecciones Regionales 2026, y el artículo 34 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales 2026.
Sobre el particular el presidente del JNE, Roberto Burneo, informó que, en cumplimiento del cronograma electoral, el Pleno del JNE acordó que los 91 JEE publiquen hasta el 5 de agosto las fórmulas y listas de candidatos admitidas, y aquellas cuya decisión no adquirió firmeza, permitiendo el inicio del periodo de tachas respecto de dichas candidaturas.
El organismo electoral precisa que ello debe ser implementada por los Jurados Electorales sin perjuicio de la fiscalización correspondiente; lo que implica la obligación de proseguir con la revisión de la información presentada por las organizaciones políticas y aquella que sea recabada con fines de fiscalización y, de ser el caso, tramitar los expedientes de exclusión de oficio de los candidatos que tuvieran impedimentos para postular que se pudieran derivar como consecuencia de la fiscalización efectuada o de la documentación que del Poder Judicial se recibiera con posterioridad al hito del 5 de agosto.
El presidente del JNE también señaló que, lo más importante de cualquier jornada electoral es que el elector tiene la última palabra, y es el ciudadano quien finalmente toma las decisiones.
Lo que viene
A partir de la admisión de la inscripción que debe ser publicada en el cartelón del JEE de Huánuco, lo que corresponde es que hay un plazo de 3 días para que cualquier ciudadano interponga un recurso de tacha, en la cual se puede usar como argumento legal la sentencia judicial en vigencia que motivó se declare la improcedencia de su inscripción, y que deberá ser resuelta en esa instancia en los plazos que se encuentran determinados por la Ley Electoral.
La resolución que emita el JEE de Huánuco, sea que declare procedente o improcedente la tacha, puede ser objeto de apelación ante el JNE, que necesariamente deberá pronunciarse.
Al conocerse los alcances del Acuerdo del Pleno del 3 de agosto, conocidos juristas nacionales señalaron que ante casos de diversos candidatos que tienen sentencias judiciales en cumplimiento, cualquier ciudadano podrá interponer una tacha adjuntando la sentencia judicial, debiendo los jurados electorales especiales proceder a excluir a esos candidatos sentenciados.




