Gobierno aprueba decreto que endurece sanciones contra la minería ilegal

El Poder Ejecutivo aprobó este sábado, en sesión de Consejo de Ministros, un decreto legislativo que incrementa la pena mínima para el delito de minería ilegal e incorpora dentro de esta figura penal las actividades de beneficio —procesamiento para extraer o concentrar las partes valiosas del mineral— y el tráfico ilícito de recursos minerales.

Con esta medida, se restablece la competencia de las fiscalías especializadas y se habilita el uso de técnicas especiales de investigación, acordes con la complejidad y gravedad de estas conductas, con el objetivo de desarticular las organizaciones criminales vinculadas a esta actividad.

La incorporación de las actividades de beneficio y del tráfico ilícito de recursos minerales permitirá sancionar a quienes participan en el acopio, transporte, comercialización y exportación de minerales obtenidos de manera ilícita. De esta forma, se cierran vacíos normativos que hasta ahora impedían intervenir en etapas clave de la cadena de valor de la minería ilegal.

Asimismo, la disposición deroga el numeral 8 del artículo 2 del Nuevo Código Procesal Penal, lo que fortalecerá la acción penal contra este delito y eliminará limitaciones que dificultaban su procesamiento. Con ello, se busca asegurar una respuesta más eficiente del sistema de justicia.

El Gobierno destacó que la medida consolida un marco penal más coherente y eficaz, refuerza la capacidad del Estado para enfrentar la minería ilegal de manera integral, protege el medio ambiente y contribuye a reducir los impactos económicos y sociales derivados de esta actividad ilícita.

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